Finanzas

Educación financiera: qué es, cómo se mide y qué dice la evidencia

La educación financiera es el proceso con el que una persona adquiere la competencia para decidir sobre su dinero. La OCDE define y mide el resultado, no el proceso. Colombia tiene una sola medición internacional comparable, de 2012, y la evidencia sobre si estos programas funcionan está partida entre dos meta-análisis que responden preguntas distintas.

Por Jhon Mosquera31 ago 202610 min de lectura

Última actualización: 2026-08-31

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En 2012 Colombia presentó por primera y única vez el módulo de competencia financiera de las pruebas PISA. Obtuvo 379 puntos frente a un promedio de 500 en los países de la OCDE evaluados, y quedó de última entre los dieciocho países y economías participantes [2].

Ocho años más tarde, el documento CONPES 4005 recogió ese resultado, anotó que en el país no se habían realizado aplicaciones posteriores de ese componente y pidió que el Ministerio de Educación y el Icfes «prioricen e incluyan la participación constante en este módulo de PISA» (Departamento Nacional de Planeación, Documento CONPES 4005, 2020) [3]. En el ciclo de 2022, Colombia tampoco aparece entre los veinte países y economías evaluados [4].

Catorce años sin una segunda medición comparable. Es difícil discutir si la educación financiera funciona en un país que dejó de medirla.

Pupitre de un aula vacía con una hoja de respuestas en blanco, un lápiz y una pila de informes encuadernados, escena que ilustra la medición de la educación financiera

¿Qué es la educación financiera y en qué se diferencia de la alfabetización financiera?

La educación financiera es el proceso; la alfabetización financiera es el resultado de ese proceso. En 2020 la OCDE fundió sus cuatro recomendaciones previas sobre educación financiera en un solo instrumento y definió una sola cosa: la alfabetización financiera, entendida como «una combinación de conciencia, conocimiento, destrezas, actitudes y comportamientos financieros necesarios para tomar decisiones financieras acertadas y alcanzar finalmente el bienestar financiero individual» (OCDE, Recommendation of the Council on Financial Literacy, 2020; traducción propia) [1].

Ese cambio de objeto no es una sutileza terminológica. Las recomendaciones que quedaron reemplazadas —la de 2005 sobre principios y buenas prácticas para la educación financiera, las dos de 2008 sobre seguros y pensiones y la de 2009 sobre crédito— regulaban la actividad de enseñar [1]. La de 2020 fija como objetivo la competencia adquirida. Se puede dictar el curso completo y no mover el indicador.

Colombia sí llegó a definir el proceso, y la definición no nació en un decreto sino en un plan de desarrollo. Está en las Bases del Plan Nacional de Desarrollo 2010-2014, documento que la Ley 1450 de 2011 incorporó, y el Decreto 457 de 2014 la adoptó por remisión expresa en el parágrafo de su artículo 2: la educación económica y financiera es «el proceso a través del cual los individuos desarrollan los valores, los conocimientos, las competencias y los comportamientos […]» necesarios para tomar decisiones financieras responsables, lo que exige aplicar conceptos financieros básicos y entender cómo los cambios en los principales indicadores macroeconómicos afectan su nivel de bienestar [10]. El CONPES 4005 la volvió a recoger seis años después [3]. Ese decreto ya no existe. Vuelvo sobre eso más abajo.

Conviene separar la educación financiera de aquello sobre lo que enseña. Las finanzas personales son el objeto que se administra —ingreso, gasto, ahorro, inversión, deuda y protección—, y su marco conceptual, sus instrumentos de diagnóstico y los datos colombianos de acceso y uso están en finanzas personales. La educación financiera es cómo alguien aprende a administrarlo.

Qué no es educación financiera: bancarización, presupuesto ni consejos de ahorro

Tres cosas se confunden con la educación financiera y no lo son. Abrir cuentas es inclusión financiera: mide cobertura de productos en registros administrativos, no competencia de personas, y los indicadores colombianos de acceso, uso y tenencia viven en finanzas personales. Armar un presupuesto, ordenar el pago de las deudas o escoger una aplicación es método: el instrumento y sus variantes están en presupuesto personal, y la guía aplicada a Colombia, en Finanzas personales en Colombia. Y un consejo de ahorro es un consejo: puede servir, pero no se diseña como política pública ni se evalúa como tal.

Lo que sigue trata de lo que sí se mide y de lo que el Estado colombiano sí decidió hacer.

¿Cómo se mide la educación financiera?

La educación financiera no se mide contando cursos dictados, sino evaluando la competencia de la población. La Recomendación de 2020 pide a los países basar su estrategia en evidencia sobre los niveles de alfabetización financiera de la población y recomienda, para eso, encuestas nacionales dedicadas o estudios internacionales coordinados; menciona además la evaluación PISA de competencia financiera como fuente útil donde se aplique [1]. Colombia tiene los tres tipos de instrumento en su historia, con periodicidades muy distintas.

InstrumentoQué mide exactamenteSobre quiénSituación en Colombia
Competencia financiera en PISA (OCDE)Capacidad de aplicar conocimientos financieros a decisiones de la vida real, en una escala internacional comparable de cinco nivelesEstudiantes de 15 años escolarizadosUna sola aplicación, en 2012 [2]; ausente de los ciclos de 2015, 2018 [3] y 2022 [4]
Encuestas de capacidades financieras tipo OCDE/INFEConocimiento, actitudes y comportamientos financieros de adultos, con puntajes comparables entre paísesPoblación adulta, muestra nacionalAplicadas en el país; el CONPES 4005 usó como referencia una medición de 2013 publicada en 2014 [3]
Encuesta de Carga Financiera y Educación Financiera de los Hogares, IEFIC (DANE y Banco de la República)Preguntas de conocimiento financiero junto con carga de deuda del hogarAdultos de 18 años o más, zona urbana de Bogotá, Medellín y Cali, que usan servicios financierosAnual; el diagnóstico del CONPES 4005 se apoya en la medición de 2018 [3]

Tres instrumentos, tres poblaciones, tres escalas. Ninguno sustituye a los otros y ninguno es comparable con los otros dos.

Lo que midió la única prueba internacional que Colombia ha presentado

El resultado de 2012 no fue un tropiezo por décimas. Colombia registró 379 puntos frente a 500 del promedio de los trece países de la OCDE evaluados; el 56,5 % de sus estudiantes se ubicó por debajo del nivel 2 —el nivel de referencia— frente al 15,3 % de ese promedio; y apenas el 0,7 % alcanzó el nivel 5 o superior, contra el 9,7 % [2]. Solo el 4,4 % llegó al nivel 4 o superior, cuando en dieciséis de las dieciocho economías participantes lo lograba más de uno de cada cinco estudiantes [2]. Dos redondeos del propio informe conviene declararlos: su prosa dice 57 % donde la tabla VI.2.1 da 56,5 %, y dice 4 % donde esa misma tabla da 4,4 % [2].

Esquema de cuatro eslabones que muestra que la educación financiera produce competencia, la competencia produce comportamiento y el comportamiento produce bienestar, con la indicación de qué mide cada instrumento

En adultos el retrato es distinto y hay que leerlo con cuidado. El diagnóstico del CONPES 4005, con datos de la IEFIC de 2018, registró que el 40,5 % de los encuestados no sabía calcular una tasa de interés compuesto, el 48 % tenía dificultades con una tasa de interés simple y el 60,3 % no lograba identificar la pérdida de poder adquisitivo de sus ingresos causada por la inflación [3].

Esa última cifra no se compara con el 56,5 % de PISA, aunque las dos ronden la mitad. La de PISA sale de una prueba estandarizada a estudiantes de quince años en una escala internacional; la de la IEFIC, de una encuesta a adultos urbanos de tres ciudades que ya usan servicios financieros [3]. Distinta población, distinto instrumento, distinta escala. Ponerlas en la misma frase obliga a decir de dónde viene cada una.

La estrategia colombiana: Ley 1328 de 2009, CONPES 4005 y la institucionalidad que se fusionó

Colombia lleva diecisiete años legislando sobre educación financiera, con una arquitectura que se rehízo dos veces. La Ley 1328 de 2009 puso la educación del consumidor financiero entre los principios del régimen de protección (artículo 3, literal f), consagró como derecho del consumidor «recibir una adecuada educación respecto de las diferentes formas de instrumentar los productos y servicios ofrecidos […]» (artículo 5, literal d) y convirtió en obligación especial de las entidades vigiladas desarrollar programas y campañas de educación financiera para sus clientes (artículo 7, literal t) [5].

Ese derecho es más ancho de lo que suele citarse, y el literal lo enumera entero: además de la instrumentación de los productos, cubre los derechos y obligaciones del consumidor, los costos que se generan sobre esos productos y servicios, los mercados y el tipo de actividad que desarrollan las entidades vigiladas, y los diversos mecanismos de protección establecidos para la defensa de sus derechos [5]. La ley no ordenó enseñar a ahorrar: ordenó explicar el producto, su precio, el mercado en el que se vende y a quién reclamar.

Cinco años después, el Decreto 457 de 2014 organizó el Sistema Administrativo Nacional para la Educación Económica y Financiera y creó la Comisión Intersectorial que lo coordinaba, encargada de proponer la política y las metodologías de la Estrategia Nacional de Educación Económica y Financiera [6].

El CONPES 4005, aprobado el 28 de septiembre de 2020, fijó la Política Nacional de Inclusión y Educación Económica y Financiera con el objetivo de integrar los servicios financieros a las actividades cotidianas de ciudadanos y mipymes, a través de cuatro objetivos específicos y ocho líneas de acción; su cuarto objetivo era, precisamente, proponer una nueva gobernanza institucional. El costo estimado de toda la política fue de 13.681 millones de pesos a ejecutar en cinco años [3].

Esa nueva gobernanza llegó catorce meses después y consistió en desmontar la anterior. El Decreto 1517 del 25 de noviembre de 2021 suprimió el Sistema Administrativo Nacional para la Educación Económica y Financiera y su Comisión Intersectorial (artículo 3), suprimió también la Comisión Intersectorial para la Inclusión Financiera (artículo 4) y derogó el Decreto 457 de 2014 junto con dos artículos del Decreto 1068 de 2015 (artículo 19) [6].

No quedó un vacío, y esa precisión importa. El mismo decreto modificó el artículo 10.4.2.1.3 del Decreto 2555 de 2010 para crear la Comisión Intersectorial para la Inclusión y Educación Económica y Financiera – Banca de las Oportunidades, presidida por el Ministro de Hacienda, que absorbió la coordinación y el seguimiento de la política [6]. Tres instancias se volvieron una. La política sobrevivió; el sistema administrativo que la sostenía, no.

¿Sirve la educación financiera? Dos meta-análisis y dos respuestas

La literatura no da una respuesta única, y quien la cite en un solo sentido está escogiendo la mitad que le conviene. El meta-análisis de Daniel Fernandes, John Lynch y Richard Netemeyer, publicado en Management Science en 2014, revisó 168 artículos con 201 estudios previos y concluye que «las intervenciones para mejorar la alfabetización financiera explican apenas el 0,1 % de la varianza en los comportamientos financieros estudiados […]» (Fernandes, Lynch y Netemeyer, 2014; traducción propia), y la frase termina precisando que los efectos son más débiles en las muestras de bajos ingresos [7]. El mismo trabajo documenta que el efecto decae: intervenciones grandes, con muchas horas de instrucción, tienen efectos insignificantes sobre el comportamiento veinte meses o más después [7].

Seis años después, Tim Kaiser, Annamaria Lusardi, Lukas Menkhoff y Carly Urban acotaron la pregunta a los experimentos aleatorizados: 76 de ellos, con más de 160.000 individuos, en un trabajo que circuló como documento del NBER en 2020 [8] y que el Journal of Financial Economics publicó en 2022 [9]. Su conclusión es que «los programas de educación financiera tienen, en promedio, efectos causales positivos sobre el conocimiento financiero y los comportamientos financieros derivados» (Kaiser, Lusardi, Menkhoff y Urban, Financial Education Affects Financial Knowledge and Downstream Behaviors, 2020; traducción propia), con magnitudes al menos tres veces mayores que el promedio documentado en trabajos anteriores, y robustas al sesgo de selección de publicaciones [8].

No es una pelea. Es que no responden lo mismo: el primer trabajo mezcla estudios correlacionales y de intervención sobre un cuerpo mucho más amplio de literatura; el segundo se restringe a diseños experimentales. Los propios autores del segundo agradecen en el documento a Fernandes, Lynch y Netemeyer por haberles dado detalles de sus estudios [8].

Y luego está lo que Colombia sabe de sus propios programas, que es poco y no es alentador. El CONPES 4005 evaluó la implementación de la Estrategia Nacional y concluyó que las acciones «han sido limitadas y de bajo impacto» [3]. En 2018, de 95 secretarías de educación certificadas, solo 10 alcanzaron a realizar actividades relacionadas; y de las 145 iniciativas de educación económica y financiera no formal que el Banco de la República identificó ese año, cerca del 48 % no tenía ningún mecanismo de retroalimentación para evaluarse [3]. La Recomendación de la OCDE pide exactamente lo contrario: incluir un plan de monitoreo y evaluación con metodología rigurosa en el diseño de cada programa, y presupuestarlo [1].

Mi lectura, y la doy como opinión. La discusión colombiana está invertida. Se debate volver obligatoria una asignatura sobre un país que no vuelve a medirse desde 2012, con una oferta de programas que en su mitad no sabe si funciona, y con una evidencia internacional que sí muestra efectos pero los muestra en experimentos con evaluación incorporada desde el diseño. Volver a PISA cuesta una fracción de los 13.681 millones que la política ya tenía presupuestados [3]; enseñar sin medir cuesta más, y lo paga alguien en particular. Fernandes y sus coautores encontraron que los efectos son más débiles justamente en las muestras de bajos ingresos [7]: el hogar que menos margen tiene es el que menos recibe de un programa que nadie evalúa. Los conceptos sobre los que se enseña —el costo del dinero prestado en tasa de interés, la exposición a pérdidas en riesgo financiero y el resto del silo de finanzas— están disponibles y son gratuitos. Lo que no está disponible es el dato que diría si alguien los está aprendiendo.

Preguntas frecuentes

¿La educación financiera es obligatoria en los colegios de Colombia?

No como asignatura propia. El CONPES 4005 registra que el artículo 145 de la Ley 1450 de 2011 dispuso que el Ministerio de Educación Nacional debía incluir la educación económica y financiera en el diseño de programas para el desarrollo de competencias básicas, es decir, de forma transversal y no como materia separada [3]. En la medición de 2012, el 51,1 % de los estudiantes colombianos asistía a colegios donde la educación financiera no estaba disponible, según lo reportaron los propios rectores en el cuestionario de centro educativo (tabla VI.1.1) [2].

¿Cuál es la diferencia entre alfabetización financiera y competencia financiera?

Son dos traducciones del mismo término inglés, financial literacy, usadas en contextos distintos. En los instrumentos de política de la OCDE se traduce habitualmente como alfabetización financiera [1]; en las pruebas PISA, donde se aplica a estudiantes, la traducción usual al español es competencia financiera [2]. Ninguna de las dos es sinónimo de educación financiera, que es la actividad de enseñar, no el resultado medido.

¿Quién coordina hoy la política de educación económica y financiera en Colombia?

La Comisión Intersectorial para la Inclusión y Educación Económica y Financiera – Banca de las Oportunidades, creada por el Decreto 1517 de 2021 al modificar el Decreto 2555 de 2010. Entre sus funciones está proponer planes, programas y lineamientos de política y armonizarlos consultando estándares internacionales y principios de alto nivel sobre estrategias nacionales de educación financiera de la OCDE [6].

¿La educación financiera sirve para salir de deudas?

La evidencia disponible mide conocimiento financiero y comportamientos derivados, no desenlaces de una situación de sobreendeudamiento concreta, y muestra que el efecto se atenúa con el tiempo [7]. Un programa educativo tampoco cambia el precio al que alguien ya contrató su crédito, que es una variable de mercado y de regulación: ese terreno se explica en tasa de interés.

¿Dónde se consulta el último dato de Colombia en competencia financiera?

En el volumen VI de los resultados de PISA 2012, publicado por la OCDE en 2014, que es el único informe internacional con datos colombianos en esta materia [2]. Los ciclos posteriores de la evaluación de competencia financiera —2015, 2018 y 2022— no incluyeron al país [3] [4]. Para adultos, la referencia disponible son las encuestas de capacidades financieras y la IEFIC del DANE y el Banco de la República, con universos urbanos y no comparables con PISA [3].

Referencias

  1. OCDE. Recommendation of the Council on Financial Literacy, OECD/LEGAL/0461 — adoptada por el Consejo a nivel ministerial el 29 de octubre de 2020; definición única de alfabetización financiera; reemplaza las recomendaciones de 2005, las dos de 2008 y la de 2009 sobre educación financiera; recomienda basar la estrategia nacional en encuestas dedicadas o estudios internacionales coordinados y señala la evaluación PISA de competencia financiera; lista los temas de política y exige plan de monitoreo y evaluación con metodología rigurosa y presupuesto propio. OCDE: Recomendación del Consejo sobre Alfabetización Financiera — Consultada: 2026-08-31.
  2. OCDE. PISA 2012 Results: Students and Money (Volume VI), 2014 — Colombia con puntaje medio de 379 frente a 500 del promedio de los trece países de la OCDE evaluados; 56,5 % de estudiantes por debajo del nivel 2 frente a 15,3 %; 0,7 % en nivel 5 o superior frente a 9,7 %; 4,4 % en nivel 4 o superior (tabla VI.2.1); 51,1 % de estudiantes en colegios donde la educación financiera no estaba disponible, según reporte de los rectores (tabla VI.1.1); Colombia en el último lugar entre los dieciocho países y economías participantes; el texto del informe redondea la proporción de bajo desempeño a 57 % y la de nivel 4 o superior a 4 %. OCDE: PISA 2012 Results, Volumen VI — Consultada: 2026-08-31.
  3. Departamento Nacional de Planeación. Documento CONPES 4005 de 2020, aprobado el 28 de septiembre de 2020 — definición de educación económica y financiera tomada del Decreto 457 de 2014; participación única de Colombia en el módulo PISA en 2012 y solicitud de participación constante al Ministerio de Educación y al Icfes; artículo 145 de la Ley 1450 de 2011; paráfrasis del 51 % de alumnos «sin temas de educación financiera en el currículo y en su aprendizaje en el aula» (el dato primario, 51,1 % de disponibilidad reportada por los rectores, se cita desde la referencia 2); datos de la IEFIC de 2018 (40,5 %, 48 % y 60,3 %) y universo urbano de la encuesta; medición de capacidades financieras de 2013 publicada en 2014; objetivo general, cuatro objetivos específicos y ocho líneas de acción; costo total estimado de 13.681 millones de pesos a cinco años; acciones de la Estrategia Nacional «limitadas y de bajo impacto»; 10 de 95 secretarías de educación certificadas con actividades en 2018; 145 iniciativas identificadas por el Banco de la República y cerca de 48 % sin mecanismos de retroalimentación. DNP: Documento CONPES 4005 — Consultada: 2026-08-31.
  4. OCDE. PISA 2022 Results (Volume IV): How Financially Smart Are Students?, 2024 — los veinte países y economías participantes en la evaluación de competencia financiera de 2022, entre los que no figura Colombia. OCDE: PISA 2022 Results, Volumen IV — Consultada: 2026-08-31.
  5. Congreso de la República de Colombia. Ley 1328 de 2009 — artículo 3, literal f, principio de educación para el consumidor financiero; artículo 5, literal d, derecho a recibir una adecuada educación sobre productos, derechos, obligaciones y costos; artículo 7, literal t, obligación especial de las entidades vigiladas de desarrollar programas y campañas de educación financiera. Función Pública: Ley 1328 de 2009 — Consultada: 2026-08-31.
  6. Presidencia de la República de Colombia. Decreto 1517 de 2021, del 25 de noviembre de 2021, Diario Oficial 51.869 — considerandos sobre el Sistema Administrativo Nacional para la Educación Económica y Financiera organizado por el Decreto 457 de 2014 y su Comisión Intersectorial; artículo 3, supresión del sistema y de la comisión; artículo 4, supresión de la Comisión Intersectorial para la Inclusión Financiera; artículo 10, creación de la Comisión Intersectorial para la Inclusión y Educación Económica y Financiera – Banca de las Oportunidades al modificar el artículo 10.4.2.1.3 del Decreto 2555 de 2010; artículo 12, funciones de esa comisión; artículo 19, derogatoria del Decreto 457 de 2014 y de los artículos 1.1.3.2 y 1.1.5.1 del Decreto 1068 de 2015. Normograma de la Cancillería: Decreto 1517 de 2021 — Consultada: 2026-08-31.
  7. Fernandes, Daniel; Lynch, John G.; y Netemeyer, Richard G. Financial Literacy, Financial Education, and Downstream Financial Behaviors, Management Science, 2014, volumen 60, número 8, páginas 1861 a 1883, DOI 10.1287/mnsc.2013.1849 — meta-análisis de 168 artículos con 201 estudios previos; las intervenciones explican solo el 0,1 % de la varianza en los comportamientos financieros estudiados, con efectos más débiles en muestras de bajos ingresos; efectos insignificantes sobre el comportamiento veinte meses o más después de la intervención. RePEc: ficha del artículo en Management Science — Consultada: 2026-08-31.
  8. Kaiser, Tim; Lusardi, Annamaria; Menkhoff, Lukas; y Urban, Carly J. Financial Education Affects Financial Knowledge and Downstream Behaviors, National Bureau of Economic Research, documento de trabajo 27057, abril de 2020; versión publicada en el Journal of Financial Economics, 2022, volumen 145, número 2, páginas 255 a 272 [9] — meta-análisis de 76 experimentos aleatorizados con más de 160.000 individuos; efectos causales positivos en promedio sobre conocimiento y comportamientos financieros derivados; magnitudes al menos tres veces mayores que el promedio documentado en trabajos anteriores y robustas al sesgo de selección de publicaciones; agradecimiento a Fernandes, Lynch y Netemeyer por los detalles de sus estudios. NBER: documento de trabajo 27057 — Consultada: 2026-08-31.
  9. Kaiser, Tim; Lusardi, Annamaria; Menkhoff, Lukas; y Urban, Carly. Financial education affects financial knowledge and downstream behaviors, Journal of Financial Economics, 2022, volumen 145, número 2, páginas 255 a 272 — datos exactos de la versión publicada del meta-análisis citado en la referencia 8. RePEc: ficha del artículo en Journal of Financial Economics — Consultada: 2026-08-31.
  10. Presidencia de la República de Colombia. Decreto 457 de 2014, del 5 de marzo de 2014 — parágrafo del artículo 2: adopta por remisión expresa la definición de educación económica y financiera consignada en el documento Bases del Plan Nacional de Desarrollo 2010-2014: prosperidad para todos, que hace parte de la Ley 1450 de 2011; organización del Sistema Administrativo Nacional para la Educación Económica y Financiera y creación de su Comisión Intersectorial; la ficha registra además su derogatoria por el artículo 19 del Decreto 1517 de 2021. Función Pública: Decreto 457 de 2014 — Consultada: 2026-08-31.
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