Microeconomía

Ejemplos de monopolio: 12 casos reales en el mundo y en Colombia

Doce ejemplos reales de monopolio: Google en las búsquedas, De Beers en los diamantes, Standard Oil, AT&T, Windows, Pemex, Telmex (dominante, no monopolio puro), Sedapal, el Banco de la República, el acueducto de Bogotá, la patente del imatinib y los juegos de azar en Colombia. Cada uno se sostiene en una barrera: un recurso, la ley, una red o contratos que cierran el paso.

Por Jhon Mosquera11 oct 202616 min de lectura

Última actualización: 2026-10-11

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La llamaré Marta. Su caso es ilustrativo, pero las cifras son del Ministerio de Salud. Marta tiene leucemia mieloide crónica, un cáncer de la sangre, y toma una dosis diaria de imatinib. Según un análisis de mercado de 2015 que citó el Ministerio, un año de tratamiento con Glivec, el imatinib de Novartis, costaba $47.540.160. Con la versión competidora más barata costaba $9.234.720 [1].

El problema era la patente. Novartis la obtuvo en 2012, y una patente le da a su dueño el derecho de decidir quién fabrica y vende la invención [1][2]. Si las versiones baratas salían del mercado, Novartis quedaría como único vendedor. En el trámite oficial, a Novartis se le pidió explicar cómo abastecería todo el mercado si sus competidores terminaban de salir [1].

Eso es un monopolio en potencia: un solo vendedor, un producto sin sustituto cercano y una barrera que impide que otros entren. Aquí la barrera era una patente. En otros casos es una mina, una ley, una red de tubos o un contrato. Abajo van doce ejemplos reales, con nombre, fecha y fuente.

Bodegón editorial cenital sobre una superficie de pizarra oscura con objetos que evocan distintos ejemplos de monopolio reales: diamantes en bruto, un teléfono antiguo de disco, un frasco de pastillas y una placa de circuito, en tonos azul, gris pizarra y navy, sin texto ni logotipos

Lista rápida: 12 ejemplos de monopolio reales

Estos doce ejemplos de monopolio están documentados en sentencias, leyes, resoluciones o estudios académicos. Van de lo global a lo colombiano. Junto a cada nombre aparece la barrera que lo protegió, que es lo que separa los tipos de monopolio, y una frase sobre lo que pasó después.

  1. Google (Estados Unidos · búsquedas en internet) — monopolio sostenido con contratos. Un juez federal lo declaró monopolista en 2024 [3].
  2. De Beers (mercado mundial · diamantes) — monopolio por control de un recurso. A comienzos de los años noventa vendía cerca del 80 % de los diamantes en bruto del planeta [4].
  3. Standard Oil (Estados Unidos · petróleo) — monopolio por prácticas e integración. En 1911 la Corte Suprema ordenó dividirla [5].
  4. AT&T y el sistema Bell (Estados Unidos · teléfono) — monopolio natural de red. En 1984 tuvo que separar sus compañías locales, agrupadas en siete regionales [6].
  5. Microsoft Windows (Estados Unidos · sistemas operativos) — monopolio de plataforma. En 2001 un tribunal confirmó que mantuvo su monopolio de forma ilegal [7].
  6. Pemex (México · petróleo) — monopolio legal del Estado. Hasta la reforma energética de 2013 fue la única empresa que podía extraer hidrocarburos [8].
  7. Telmex y América Móvil (México · telecomunicaciones) — dominio declarado por el regulador, no monopolio puro. En 2014 el grupo fue declarado «agente económico preponderante» [9].
  8. Sedapal (Perú · agua de Lima y el Callao) — monopolio natural. Es una empresa del Estado peruano y su tarifa la aprueba un regulador [10][11].
  9. Banco de la República (Colombia · billetes y monedas) — monopolio legal. Es la única entidad autorizada para emitir la moneda legal [12].
  10. Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá (Colombia · agua) — monopolio natural. Es una empresa pública con más de 2 millones de suscriptores en la capital [13].
  11. Imatinib de Novartis (Colombia · medicamentos) — monopolio legal por patente. En 2016 el Ministerio de Salud declaró razones de interés público y pidió estudiar un precio máximo [1].
  12. Juegos de suerte y azar (Colombia · loterías y apuestas) — monopolio rentístico, es decir, reservado al Estado para recaudar. La ley destina su renta a la salud [14].

¿Qué convierte un caso real en un ejemplo de monopolio?

Un caso cuenta como monopolio cuando una sola empresa es el único vendedor de un bien sin sustitutos cercanos y una barrera impide que entren competidores. Si el mercado lo comparten pocos vendedores grandes, es un oligopolio (un mercado de pocos vendedores que se vigilan entre sí).

En los tribunales cuenta también el poder de monopolio: una empresa con rivales pequeños que domina casi todo un mercado bien definido, protegida por una barrera. Así calificaron los jueces a Microsoft y a Google [3][7]. Si la empresa solo es grande y sus rivales la obligan a competir, se habla de posición dominante.

Frente a cualquier empresa poderosa, la pregunta útil es: ¿qué le impide a otro vender lo mismo? De la respuesta sale el tipo. La barrera puede ser un recurso, una ley o patente, una red que nadie construye dos veces o unos contratos que dejan a los rivales sin clientes.

En el extremo opuesto está la competencia perfecta, con tantos vendedores que ninguno mueve el precio. Entre los dos polos queda la competencia imperfecta. Y por qué un vendedor único tiende a producir menos y a cobrar más es el centro de la teoría del monopolio dentro de la microeconomía.

Google: el monopolio que declaró un juez en 2024

Google es el ejemplo más reciente de esta lista con sentencia de monopolio. El 5 de agosto de 2024, el juez federal Amit Mehta, de Washington, concluyó que Google tenía poder de monopolio en dos mercados de Estados Unidos. Uno es el de los servicios de búsqueda general; el otro, el de los anuncios de texto que salen junto a los resultados. También concluyó que lo había mantenido de forma ilegal [3].

El juez resumió su fallo en una línea, y la repitió en 2025 al decidir las medidas correctivas: «Google es un monopolista, y ha actuado como tal para mantener su monopolio» (traducción propia) [3].

La barrera no fue una mina ni una patente. Fueron contratos. Durante más de una década, Google firmó contratos con fabricantes de dispositivos, operadores de telefonía y navegadores para venir instalado de fábrica como buscador. Pagó miles de millones de dólares por ellos [3]. Hacia 2020, casi el 90 % de las búsquedas hechas en Estados Unidos entraban por puntos de acceso (el buscador que viene de fábrica en el navegador o el celular) que llevaban a Google [3]. Esos contratos impidieron a los rivales reunir las búsquedas y los datos que necesitaban para competir de verdad [3].

Las medidas correctivas llegaron el 2 de septiembre de 2025 y fueron más moderadas de lo que pedía el Gobierno. El juez no obligó a Google a vender su navegador Chrome ni le prohibió pagar por aparecer como buscador predeterminado. Sí le prohibió los contratos exclusivos. También le ordenó compartir parte de sus datos de búsqueda con competidores calificados, bajo la vigilancia de un comité técnico [3].

La sentencia final se firmó el 5 de diciembre de 2025 y dura seis años [15]. Entró en vigor el 3 de febrero de 2026. Para entonces Google ya había apelado, y el Gobierno y los estados demandantes presentaron su propia apelación ese mismo día [16]. En septiembre de 2026 el caso seguía ante el tribunal de apelaciones, mientras el fallo se ejecutaba [17].

Google tiene un segundo frente. En abril de 2025, un tribunal federal de Virginia halló que también monopolizó dos mercados de la tecnología con la que se compran y venden anuncios en sitios web [18].

Ejemplos históricos de monopolio: De Beers, Standard Oil, AT&T y Microsoft

Los cuatro monopolios clásicos de los manuales muestran cuatro barreras distintas. De Beers controló un recurso; Standard Oil integró una industria entera; AT&T era dueña de una red física; y Microsoft, de una plataforma digital. Tres terminaron frente a un juez. El cuarto se erosionó cuando el recurso apareció en otras partes.

De Beers: el monopolio de un recurso

De Beers existe desde 1880 y en 2006 seguía siendo la empresa dominante de la industria del diamante [19]. Con sede en Sudáfrica, controló por sí sola la oferta mundial hasta finales de los años noventa [4]. A comienzos de esa década vendía cerca del 80 % de los diamantes en bruto del planeta, por medio de su Organización Central de Ventas. Esa oficina decidía a quién venderle, cuánto y a qué precio [4].

Así defendía la barrera: retenía piedras para no inundar el mercado y compraba lo que sobraba a otros productores para sostener el precio. En 1981, cuando Zaire dejó de venderle sus diamantes industriales, De Beers sacó piedras de su reserva y hundió un 40 % el precio del diamante zaireño, como castigo [4].

El dominio se agrietó cuando aparecieron diamantes fuera de su alcance. Rusia (Alrosa), Australia (la mina Argyle) y Canadá empezaron a vender por su cuenta [4]. La cuota de De Beers cayó del 85 % al 65 % hacia el final de los noventa, y a cerca del 45 % de las ventas en 2007 [4].

En rigor, nunca fue dueña de todas las minas: a comienzos de los noventa, cuando vendía el 80 %, ella misma solo producía el 45 % del diamante en bruto [4]. Fue el centro de un cartel, un acuerdo entre productores para no competir [19]. Aun así, la economista Debora Spar describe ese cartel del diamante como acaso el más exitoso y longevo del mundo [19].

Standard Oil: dividida por la Corte Suprema en 1911

Standard Oil, de la familia Rockefeller, llegó a controlar casi todo el mercado del petróleo en Estados Unidos. Para lograrlo había comprado casi todas las refinerías del país [5]. En 1911, la Corte Suprema concluyó que había violado la Ley Sherman, la ley antimonopolio de ese país, y ordenó dividirla por zonas geográficas [5].

El fallo dejó además un criterio de fondo. Una conducta que restringe el comercio solo es ilegal si lleva a precios más altos, a menos producción o a peor calidad. La Corte concluyó que la de Standard Oil cumplía esas condiciones [5].

AT&T y el sistema Bell: el monopolio natural del teléfono

En los años setenta, AT&T (la telefónica dueña del sistema Bell) era la empresa más grande del mundo y dominaba por completo las telecomunicaciones de Estados Unidos [6]. Se consideraba a sí misma un monopolio natural: un servicio con costos tan altos que solo una empresa podía prestarlo con eficiencia [6].

El Departamento de Justicia la demandó en 1974. El caso se cerró con un acuerdo en 1982, y el 1 de enero de 1984 la empresa entregó sus compañías locales, agrupadas en siete regionales apodadas «Baby Bells» [6].

Microsoft: el monopolio de una plataforma

A finales de los noventa, Windows corría en la enorme mayoría de los computadores personales. El juez de primera instancia halló que Microsoft tenía más del 95 % del mercado de sistemas operativos para computadores compatibles con Intel [7]. En 2001, un tribunal federal de apelaciones confirmó que tenía poder de monopolio en ese mercado y que lo había mantenido de forma ilegal. Pero revocó la orden de dividir la empresa [7].

La barrera tenía forma de huevo y gallina, como la describió el propio tribunal. Los usuarios preferían el sistema operativo con más programas, y los programadores escribían para el sistema con más usuarios [7]. Cada vuelta del círculo dejaba más lejos a cualquier rival.

Ejemplos de monopolio en América Latina: México y Perú

Los monopolios latinoamericanos de esta lista nacieron de la ley o de la red. México tuvo un monopolio petrolero del Estado y un grupo de telecomunicaciones declarado dominante por el regulador. Perú tiene un caso de manual de monopolio natural, el agua de Lima, y una Constitución que prohíbe a cualquier ley crear monopolios.

Pemex: el petróleo reservado al Estado mexicano

Pemex, la petrolera estatal de México, fue durante años un monopolio legal. Según la explicación oficial de la reforma energética, el marco constitucional anterior establecía que Pemex era la única empresa que podía extraer los hidrocarburos del subsuelo [8]. La reforma constitucional publicada el 20 de diciembre de 2013 cambió esa regla [8]. Con ella, el Estado pasó a licitar contratos de exploración y extracción que podía ganar Pemex, una empresa privada o Pemex asociado con privados [8].

Telmex y América Móvil: dominio declarado, no monopolio puro

El 6 de marzo de 2014, el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT), entonces regulador del sector en México, declaró «agente económico preponderante» al grupo del que forman parte Telmex, Telcel y América Móvil [9]. El IFT definía así a quien tiene más del 50 % del mercado nacional, medido en usuarios, suscriptores, tráfico o capacidad de sus redes [20]. La declaratoria vino con medidas para que ese peso no ahogara la competencia [9].

El término que usó el regulador fue «preponderante», no «monopolio». La diferencia importa: tener más de la mitad del mercado no es lo mismo que ser el único vendedor, ni que un juez pruebe poder de monopolio, como pasó con Google.

Sedapal: el agua de Lima

En Lima y el Callao, el agua potable y el alcantarillado los presta Sedapal, una empresa cien por ciento del Estado peruano creada en 1981 [10]. Es un monopolio natural: una red de tuberías tan costosa que lo sensato es construirla una sola vez. Por eso la empresa no fija la tarifa a su antojo. Se la aprueba la Sunass, la superintendencia que regula el agua y el saneamiento en Perú, por periodos regulatorios; el actual va de 2022 a 2027 [11].

Medidor de agua domiciliario con la tapa metálica abierta en una caja de concreto al pie de una casa de barrio latinoamericano, con gotas sobre el vidrio y una tubería de cobre que entra a la vivienda: la red de acueducto es un ejemplo de monopolio natural en los servicios públicos

Perú añade un matiz constitucional. Su Constitución de 1993 manda al Estado combatir el abuso de las posiciones dominantes o monopólicas, y dice: «Ninguna ley ni concertación puede autorizar ni establecer monopolios» [21].

Ejemplos de monopolio en Colombia

En Colombia, los monopolios tienen cuatro orígenes. La Constitución crea el de la emisión de billetes. Una red explica el acueducto de cada ciudad. Una patente protegió el imatinib. Y la ley reserva al Estado ciertos negocios para recaudar, como las loterías.

El Banco de la República y los billetes

Ningún banco privado puede fabricar pesos. La Constitución le asigna al Banco de la República, el banco central del país, la función de emitir la moneda legal, y le da autonomía para hacerlo [22]. La Corte Constitucional fue explícita: es «la entidad del Estado a la que se confía de manera exclusiva la función de emitir la moneda legal» [12]. Es un monopolio legal y deliberado.

El acueducto de cada ciudad: monopolios naturales con nombre propio

En Bogotá, el agua llega por la red de la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá. Es una empresa pública del Distrito, con más de 2 millones de suscriptores en la capital [13]. Algo parecido suele pasar con la energía y el gas por red en cada municipio: un operador atiende a todo el mundo y el Estado le regula las condiciones. La ley de servicios públicos de 1994 ordena regular los monopolios donde la competencia no sea, de hecho, posible [23].

Por qué una sola red sale más barata que varias, y cómo se le pone precio a ese operador único, es lo que estudia el monopolio natural.

El imatinib: un monopolio por patente

Una patente es un derecho exclusivo que, según la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI), dura por lo general 20 años desde la solicitud [2]. Mientras corre ese plazo, el titular decide quién puede fabricar, usar o vender la invención [2]. Es un monopolio temporal y buscado a propósito: el premio a quien inventa.

El imatinib, que Novartis comercializa como Glivec, es un caso colombiano muy discutido. La Superintendencia de Industria y Comercio le concedió la patente en 2012, después de que el Consejo de Estado anulara las negativas anteriores [1]. El precio de Glivec ya tenía un tope oficial desde 2013 y, aun así, superaba en 198 % el promedio de sus competidores [1].

En junio de 2016, el Ministerio de Salud declaró que había razones de interés público frente al imatinib [1]. No ordenó una licencia obligatoria, que es el permiso del Estado para que otros fabriquen un invento patentado. Escogió otra vía: pedir a la comisión de precios de medicamentos que considerara fijarle a Glivec un precio máximo, calculado con un método que simule condiciones de competencia [1].

Hay un matiz más. El comité que estudió el caso no tenía claro si, con la patente, Glivec sería un monopolio, y pidió pruebas. La razón: existe una forma de la molécula, la alfa, que la patente no cubre. El Ministerio concluyó que esa forma no bastaba para garantizar la competencia, porque podía traer trazas de la forma patentada, y que Glivec conservaba su carácter de monopólico [1]. Una patente crea una barrera, y su alcance lo decide el detalle técnico.

Los juegos de suerte y azar

El Estado también se reserva por ley la explotación de las loterías y los demás juegos de suerte y azar, y destina su renta a la salud [14]. Cómo funciona ese monopolio rentístico y quién lo administra es uno de los casos centrales del monopolio en Colombia.

¿Coca-Cola, Apple y Meta son monopolios? Ejemplos que suelen citarse mal

Muchas listas en internet llaman monopolio a cualquier empresa enorme. La economía y los jueces son más exigentes. Piden un solo vendedor, o un poder de mercado probado (la capacidad de subir el precio sin perder clientes), en un mercado bien definido. Con ese filtro, tres nombres que aparecen en casi todas las listas no pasan la prueba, o no la han pasado todavía en los tribunales.

Árbol de decisión para clasificar ejemplos de monopolio: si ningún vendedor es único o casi único, es oligopolio o competencia; si lo hay pero existen sustitutos cercanos, como una marca de gaseosa, no es monopolio; si no los hay, el tipo depende de la barrera: un recurso (De Beers), una ley o patente (Banco de la República, imatinib), una red costosa de duplicar (Sedapal, AT&T) o contratos y plataforma digital (Google, Windows)

Coca-Cola: una marca con competidores

Coca-Cola es una marca de gaseosa muy conocida, pero no es la única. En cualquier tienda de barrio hay otras, de multinacionales y de marcas nacionales, en el mismo estante. Con sustitutos tan cercanos no hay monopolio. Un mercado con pocas marcas grandes que se miran entre sí es un oligopolio.

Meta: el juez no encontró un monopolio

La Comisión Federal de Comercio de Estados Unidos (FTC) acusó a Meta de comprar Instagram y WhatsApp para proteger un monopolio en las redes sociales «personales» [24]. El juez James Boasberg definió un mercado más amplio, que incluye a TikTok y YouTube, y midió las cuotas por el tiempo que la gente pasa en cada aplicación [24]. El 18 de noviembre de 2025 falló a favor de Meta, con una frase seca: «Meta no tiene ningún monopolio en el mercado relevante» [24].

La FTC apeló en enero de 2026 [25].

Apple: dos fallos, ninguno de monopolio por ahora

En 2021, en el pleito que le abrió Epic Games, la jueza Yvonne Gonzalez Rogers definió el mercado como las transacciones de juegos en celulares. No pudo concluir que Apple fuera monopolista en él [26]. Reconoció que Apple tenía más del 55 % de ese mercado y márgenes de ganancia muy altos. Aun así escribió: «El éxito no es ilegal» [26].

Sí halló una conducta anticompetitiva bajo la ley de California. Según la jueza, las reglas con que Apple impedía guiar a los usuarios hacia otras formas de pago les ocultaban información clave [26].

El frente abierto es otro. En marzo de 2024, el Departamento de Justicia y un grupo de estados demandaron a Apple por monopolizar el mercado de teléfonos inteligentes en Estados Unidos [27]. En junio de 2025, el juez Julien Neals se negó a archivar la demanda [27]. En mayo de 2026 el caso seguía en la fase de intercambio de pruebas [28].

Los 12 ejemplos de monopolio en una tabla

La tabla resume los doce casos de la lista, con su barrera y su desenlace, para compararlos de un vistazo. Entre los ejemplos latinoamericanos dominan los monopolios legales y naturales; varios de los de Estados Unidos terminaron en juicios por prácticas.

EjemploPaísSectorTipoBarreraQué pasó / estado
GoogleEstados UnidosBúsquedas en internetDe hecho, por prácticasContratos para venir instalado de fábricaDeclarado monopolista en 2024; en apelación [3][16]
De BeersMercado mundialDiamantesPor control de un recursoDominio de la oferta mundialSu cuota cayó al surgir minas fuera de su control [4]
Standard OilEstados UnidosPetróleoPor prácticas e integraciónCompra de casi todas las refineríasDividida por orden de la Corte Suprema en 1911 [5]
AT&T (sistema Bell)Estados UnidosTeléfonoNaturalCostos que solo una empresa cubría con eficienciaSeparó sus compañías locales en 1984 [6]
Microsoft WindowsEstados UnidosSistemas operativosDe plataformaLos programas se escribían para WindowsMonopolio ilegal confirmado en 2001; no se dividió [7]
PemexMéxicoPetróleoLegal, del EstadoLa ConstituciónExclusividad abierta por la reforma de 2013 [8]
Telmex y América MóvilMéxicoTelecomunicacionesDominio, no monopolio puroMás de la mitad del mercadoDeclarado preponderante en 2014 [9]
SedapalPerúAgua y alcantarilladoNaturalRed de tuberías de Lima y el CallaoTarifa aprobada por la Sunass [11]
Banco de la RepúblicaColombiaBilletes y monedasLegalLa ConstituciónEmisor exclusivo de la moneda legal [12]
Acueducto de BogotáColombiaAgua y alcantarilladoNaturalRed de tuberías de la ciudadEmpresa pública del Distrito [13]
Imatinib (Novartis)ColombiaMedicamentosLegal, por patentePatente concedida en 2012Interés público en 2016; se pidió estudiar un precio máximo [1]
Juegos de suerte y azarColombiaLoterías y apuestasRentístico, del EstadoLa leyRenta destinada a la salud [14]

Los monopolios no son para siempre

Casi todos los ejemplos de monopolio comparten un final: la barrera que los protegía se agrieta o queda bajo control. De Beers perdió el mando cuando aparecieron diamantes en otros países. Standard Oil y AT&T fueron desmontadas. A Microsoft la frenaron, a Google le prohibieron los contratos exclusivos y para el imatinib el Gobierno pidió estudiar un precio máximo.

Diagrama de flujo del ciclo de un monopolio: una barrera (un recurso, una ley o patente, o economías de escala) crea un vendedor único que produce menos y cobra más; después, o llega la competencia o un sustituto y el monopolio se erosiona, como De Beers, o el Estado regula o interviene, como con el imatinib, y el monopolio se disciplina, como Standard Oil o AT&T

El patrón se repite. Primero una barrera crea al vendedor único; luego este produce menos y cobra más. Al final llega la competencia, con un recurso que aparece en otra parte o un sustituto nuevo. O llega la regulación, con una sentencia, una tarifa o una licencia obligatoria.

Tomo partido en un punto. En América Latina, muchos de los monopolios que más tocan el bolsillo son del Estado o de redes que pagan todos los hogares. Pasa con el agua de Lima y con la de Bogotá. Ahí la pregunta que importa no es si existe un vendedor único. Es quién lo vigila y con qué información. Para Marta, la respuesta llegó en una resolución del Ministerio de Salud. Para muchos otros usuarios, todavía depende de que alguien haga la pregunta.

Preguntas frecuentes

¿Qué empresas son monopolio en Colombia?

Las más claras son públicas o reguladas. El Banco de la República tiene la exclusividad de emitir billetes y monedas. Cada ciudad suele tener una sola empresa de acueducto, como la de Bogotá, y un operador de red de energía y gas. Las loterías y apuestas son un monopolio del Estado. Y un laboratorio con una patente vigente puede impedir, mientras dure, que otros fabriquen y vendan su medicamento.

¿Google es un monopolio?

En Estados Unidos, sí, según la justicia. En 2024 un juez concluyó que Google tiene poder de monopolio en las búsquedas generales y en los anuncios de texto de esas búsquedas, y que lo conservó con contratos ilegales. El mismo juez no lo halló en el mercado más amplio de la publicidad en buscadores. Google apeló, así que la palabra final la tendrá un tribunal superior.

¿Es ilegal tener un monopolio?

No necesariamente. En los casos de Google y Microsoft, lo castigado no fue el tamaño, sino mantener el dominio con prácticas que cerraban el paso a los rivales. Además, hay monopolios legales: la emisión de moneda, una patente o los juegos de azar del Estado. Dónde está la línea, y qué hace cada país para vigilarla, se desarrolla en la explicación general del monopolio.

¿Coca-Cola es un monopolio o un oligopolio?

Es parte de un oligopolio. Coca-Cola comparte el mercado de las gaseosas con otras marcas grandes y pequeñas, así que el comprador siempre tiene a qué cambiarse. Que una marca sea famosa o venda mucho no la convierte en vendedor único.

¿Qué monopolios hay en el Perú?

Un ejemplo claro es Sedapal, la empresa estatal del agua potable y el alcantarillado de Lima y el Callao, con tarifas que aprueba la Sunass. Es un monopolio natural, no uno creado para excluir rivales. Y la Constitución peruana prohíbe que una ley autorice monopolios.

¿Hay monopolios privados, o solo del Estado?

Hay de los dos tipos. De Beers, Standard Oil, AT&T, Microsoft y Google fueron o son empresas privadas. Su poder vino de un recurso, de una red o de prácticas contra la competencia. Los del Estado, como Pemex antes de 2013 o el Banco de la República, nacen de una ley.

Referencias

  1. Ministerio de Salud y Protección Social (Colombia). Resolución 2475 de 2016, por medio de la cual se adelanta una declaratoria de existencia de razones de interés público — declara razones de interés público frente al imatinib (Glivec, de Novartis A.G., titular de la patente 29270 concedida por la Superintendencia de Industria y Comercio en 2012 tras la anulación de las negativas por el Consejo de Estado) y pide a la Comisión Nacional de Precios de Medicamentos considerar el control directo de precios de Glivec con una metodología que simule condiciones de competencia, como medida distinta a la licencia obligatoria; recoge que Glivec estaba bajo control directo de precios desde 2013 y aun así superaba en 198 % el precio promedio de los competidores, y que el tratamiento anual costaba $47.540.160 con Glivec frente a $9.234.720 con el competidor más barato (análisis de mercado de octubre de 2015); registra que se pidió a Novartis explicar cómo abastecería todo el mercado si los competidores terminaban de salir, y la duda del comité sobre si Glivec sería monopólico dado el polimorfo alfa no patentado; concluye que la existencia de la forma alfa, que puede contener trazas de la forma patentada, no es suficiente para garantizar que haya competencia para Glivec, por lo que este conserva su carácter de monopólico. MinSalud: Resolución 2475 de 2016 (PDF) — Consultada: 2026-10-11.
  2. Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI). Frequently Asked Questions: Patents — una patente es un derecho exclusivo sobre una invención; la protección dura en general 20 años desde la fecha de solicitud y su titular decide quién puede usar la invención, que no puede ser fabricada, usada, distribuida, importada ni vendida por otros sin su consentimiento. OMPI: preguntas frecuentes sobre patentes — Consultada: 2026-10-11.
  3. Tribunal de Distrito de los Estados Unidos para el Distrito de Columbia (juez Amit P. Mehta). United States et al. v. Google LLC, Memorandum Opinion on remedies, Case No. 20-cv-3010 (APM), 2 de septiembre de 2025 — recuerda el fallo de responsabilidad del 5 de agosto de 2024 (747 F. Supp. 3d 1): «Google is a monopolist, and it has acted as one to maintain its monopoly»; poder de monopolio en búsqueda general y en anuncios de texto de búsqueda (no en la publicidad de búsqueda en general); contratos de distribución por más de una década con desarrolladores de navegadores, fabricantes de dispositivos y operadores, por los que pagó miles de millones; hacia 2020 casi el 90 % de las búsquedas en EE. UU. entraban por puntos de acceso que llevaban a Google; medidas correctivas: sin venta de Chrome ni prohibición de pagos, prohibición de contratos exclusivos, datos compartidos con competidores calificados, comité técnico y vigencia de seis años. Tribunal del Distrito de Columbia: opinión sobre medidas correctivas en EE. UU. contra Google (GovInfo, PDF) — Consultada: 2026-10-11.
  4. David McAdams y Cate Reavis. DeBeers’s Diamond Dilemma (MIT Sloan Management, caso 07-045, 2008) — De Beers, con sede en Sudáfrica, controló por sí sola la oferta mundial de diamantes hasta finales de los años noventa; a comienzos de esa década vendía el 80 % de la oferta total y su Organización Central de Ventas decidía a quién, cuánto y a qué precio; en 1981 hundió un 40 % el precio del diamante de Zaire; su cuota cayó de 85 % a 65 % hacia el fin de los noventa y vendía el 45 % en 2007. MIT Sloan: DeBeers’s Diamond Dilemma (PDF) — Consultada: 2026-10-11.
  5. Legal Information Institute (Cornell Law School). Standard Oil Co. of New Jersey v. United States (1911) — la Corte Suprema halló que Standard Oil, que controlaba casi todo el mercado del petróleo de EE. UU. y había comprado casi todas las refinerías, violó la Ley Sherman al formar un monopolio, y ordenó dividirla geográficamente; una restricción del comercio solo es ilegal si lleva a precios más altos, menor producción o menor calidad. Cornell LII: Standard Oil v. United States (1911) — Consultada: 2026-10-11.
  6. Federal Judicial Center. The Breakup of “Ma Bell”: United States v. AT&T — hacia los años setenta AT&T era la empresa más grande del mundo, dominaba por completo las telecomunicaciones de EE. UU. y se consideraba un monopolio natural; la demanda del Gobierno se presentó el 20 de noviembre de 1974, el caso se cerró con un acuerdo en 1982 y el 1 de enero de 1984 sus compañías locales pasaron a siete regionales («Baby Bells»). Federal Judicial Center: Breakup of Ma Bell — Consultada: 2026-10-11.
  7. Corte de Apelaciones del Circuito del Distrito de Columbia (EE. UU.). United States v. Microsoft Corp., 253 F.3d 34 (2001) — confirma que Microsoft tenía poder de monopolio en los sistemas operativos para PC compatibles con Intel (más del 95 % según el tribunal de distrito) y que lo mantuvo de forma ilegal, protegido por la barrera de aplicaciones de tipo «huevo y gallina»; revoca la orden de dividir la empresa. U.S. v. Microsoft, 253 F.3d 34 (decisión en Berkeley Law, PDF) — Consultada: 2026-10-11.
  8. Gobierno de la República (México). Reforma Energética (explicación ampliada) — el marco constitucional anterior establecía que Pemex era la única empresa que podía extraer los hidrocarburos del subsuelo; la reforma constitucional se publicó en el Diario Oficial de la Federación el 20 de diciembre de 2013 y permitió licitar contratos que podía ganar Pemex, una empresa privada o Pemex asociado con privados. Gobierno de México: Reforma Energética, explicación ampliada (PDF) — Consultada: 2026-10-11.
  9. Instituto Federal de Telecomunicaciones (México). Determina IFT a los Agentes Económicos Preponderantes (6 de marzo de 2014) — mediante el Acuerdo P/IFT/EXT/060314/76 determinó como agente económico preponderante en telecomunicaciones al grupo de interés económico del que forman parte Telmex, Telnor, Telcel, América Móvil, Grupo Carso y Grupo Inbursa, e impuso medidas para proteger la competencia. IFT: determinación de agentes económicos preponderantes — Consultada: 2026-10-11.
  10. Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Lima (Sedapal), Plataforma del Estado Peruano. Información institucional — empresa estatal de derecho privado, íntegramente de propiedad del Estado, creada por el Decreto Legislativo 150 del 12 de junio de 1981, que presta el agua potable y el alcantarillado a la población de Lima y Callao. Gob.pe: Sedapal, información institucional — Consultada: 2026-10-11.
  11. Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento (Sunass, Perú). Resolución de Consejo Directivo N.° 079-2021-SUNASS-CD (26 de diciembre de 2021) — aprueba la fórmula tarifaria, la estructura tarifaria y las metas de gestión que aplicará Sedapal S.A. en el periodo regulatorio 2022-2027. Sunass: Resolución 079-2021-SUNASS-CD, tarifas de Sedapal 2022-2027 — Consultada: 2026-10-11.
  12. Corte Constitucional de Colombia. Sentencia C-432 de 1998 — reitera que el Banco de la República «es la entidad del Estado a la que se confía de manera exclusiva la función de emitir la moneda legal», y que el Congreso no puede ordenar emisiones de moneda. Corte Constitucional: Sentencia C-432 de 1998 — Consultada: 2026-10-11.
  13. Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá E.S.P. Información general — empresa pública prestadora de los servicios de acueducto y alcantarillado, definida como empresa industrial y comercial del Distrito por el Acuerdo 6 de 1995 del Concejo de Bogotá, con más de 2 millones de suscriptores en la capital. Acueducto de Bogotá: información general — Consultada: 2026-10-11.
  14. Congreso de Colombia. Ley 643 de 2001, régimen propio del monopolio rentístico de juegos de suerte y azar — define el monopolio como la facultad exclusiva del Estado para explotar, organizar, administrar, operar, controlar, fiscalizar, regular y vigilar todas las modalidades de juegos de suerte y azar, y vincula su renta a la financiación de los servicios de salud. MinSalud: Ley 643 de 2001 (PDF) — Consultada: 2026-10-11.
  15. Tribunal de Distrito de los Estados Unidos para el Distrito de Columbia. United States et al. v. Google LLC, Final Judgment, 5 de diciembre de 2025 — la sentencia final entra en vigor 60 días después de dictada y expira seis años después de su fecha de vigencia. Departamento de Justicia: sentencia final en EE. UU. contra Google (PDF) — Consultada: 2026-10-11.
  16. Tribunal de Distrito de los Estados Unidos para el Distrito de Columbia. United States et al. v. Google LLC, Order, 7 de mayo de 2026 — Google apeló ante el Circuito de D.C. el 16 de enero de 2026; los demandantes presentaron apelación cruzada el 3 de febrero de 2026, fecha en que la sentencia final entró en vigor; niega sin perjuicio la suspensión parcial pedida por Google. Tribunal del Distrito de Columbia: auto de mayo de 2026 en EE. UU. contra Google (GovInfo, PDF) — Consultada: 2026-10-11.
  17. Departamento de Justicia de los Estados Unidos, División Antimonopolio. U.S. and Plaintiff States v. Google LLC [2020] — expediente público del caso: escrito de respuesta y apelación cruzada del Gobierno ante el tribunal de apelaciones (28 de julio de 2026) y segundo informe de los demandantes sobre la ejecución y el cumplimiento de la sentencia final (17 de septiembre de 2026). Departamento de Justicia: expediente de EE. UU. contra Google (búsqueda) — Consultada: 2026-10-11.
  18. Tribunal de Distrito de los Estados Unidos para el Distrito Este de Virginia. United States et al. v. Google LLC, Memorandum Opinion, Case No. 1:23-cv-00108, 17 de abril de 2025 — halla que Google violó la Sección 2 de la Ley Sherman al adquirir y mantener poder de monopolio en los mercados de servidores publicitarios para editores y de intercambio de anuncios gráficos en la web abierta, y que ató ilegalmente ambos productos. Departamento de Justicia: opinión del caso de tecnología publicitaria contra Google (PDF) — Consultada: 2026-10-11.
  19. Debora L. Spar. Markets: Continuity and Change in the International Diamond Market, Journal of Economic Perspectives 20(3): 195-208 (2006) — el cartel internacional del diamante puede ser el cartel más exitoso y longevo del mundo; su empresa dominante, De Beers, existe desde 1880. Spar: Journal of Economic Perspectives 20(3), mercado del diamante — Consultada: 2026-10-11.
  20. Instituto Federal de Telecomunicaciones (México). Todo lo que debes saber sobre la Preponderancia en telefonía móvil — agente económico preponderante es la empresa o grupo con una participación nacional mayor al 50 % en radiodifusión o telecomunicaciones, medida por usuarios, suscriptores, audiencia, tráfico o capacidad utilizada. IFT: qué es la preponderancia — Consultada: 2026-10-11.
  21. Congreso de la República del Perú. Constitución Política del Perú de 1993, texto actualizado, artículo 61 — «El Estado facilita y vigila la libre competencia. Combate toda práctica que la limite y el abuso de posiciones dominantes o monopólicas. Ninguna ley ni concertación puede autorizar ni establecer monopolios». Congreso del Perú: Constitución de 1993, texto actualizado (PDF) — Consultada: 2026-10-11.
  22. Banco de la República (Colombia). Constitución Política de Colombia, Título XII, Capítulo 6: De la banca central, artículo 371 — el Banco de la República ejerce las funciones de banca central con autonomía administrativa, patrimonial y técnica; entre sus funciones básicas está emitir la moneda legal. Banco de la República: Constitución, capítulo de la banca central (PDF) — Consultada: 2026-10-11.
  23. Congreso de Colombia. Ley 142 de 1994, régimen de los servicios públicos domiciliarios, artículo 73 — las comisiones de regulación tienen la función de regular los monopolios en la prestación de los servicios públicos cuando la competencia no sea, de hecho, posible, y de promover la competencia en los demás casos. CREG (Gestor Normativo): Ley 142 de 1994 — Consultada: 2026-10-11.
  24. Tribunal de Distrito de los Estados Unidos para el Distrito de Columbia (juez James E. Boasberg). Federal Trade Commission v. Meta Platforms, Inc., Memorandum Opinion, Civil Action No. 20-3590 (JEB), 18 de noviembre de 2025 — la FTC sostenía que Meta mantuvo un monopolio en las redes sociales personales comprando Instagram y WhatsApp; el tribunal considera un mercado que incluye Facebook, Instagram, Snapchat, MeWe, TikTok y YouTube, mide la cuota por tiempo de uso y concluye: «Meta holds no monopoly in the relevant market». Tribunal del Distrito de Columbia: FTC contra Meta (GovInfo, PDF) — Consultada: 2026-10-11.
  25. Comisión Federal de Comercio de Estados Unidos (FTC). FTC Appeals Ruling in Meta Monopolization Case (20 de enero de 2026) — la FTC presentó aviso de apelación contra el fallo de noviembre de 2025 a favor de Meta ante el tribunal de apelaciones del Distrito de Columbia. FTC: apelación en el caso contra Meta — Consultada: 2026-10-11.
  26. Tribunal de Distrito de los Estados Unidos para el Distrito Norte de California (jueza Yvonne Gonzalez Rogers). Epic Games, Inc. v. Apple Inc., Rule 52 Order After Trial on the Merits, Case No. 4:20-cv-05640-YGR, 10 de septiembre de 2021 — define el mercado como transacciones de juegos digitales en dispositivos móviles; no puede concluir que Apple sea monopolista bajo las leyes antimonopolio federales o estatales pese a una cuota de más del 55 % y márgenes extraordinariamente altos («Success is not illegal»); halla que las disposiciones antidesvío de Apple ocultan información clave a los consumidores y violan la ley de competencia de California. Tribunal del Distrito Norte de California: Epic contra Apple (GovInfo, PDF) — Consultada: 2026-10-11.
  27. Tribunal de Distrito de los Estados Unidos para el Distrito de Nueva Jersey (juez Julien Xavier Neals). United States et al. v. Apple Inc., Opinion, Civil Action No. 24-cv-4055, 30 de junio de 2025 — el Gobierno y los estados demandaron a Apple el 21 de marzo de 2024 por monopolizar los mercados de teléfonos inteligentes de EE. UU.; el tribunal niega la moción de Apple para desestimar la demanda. Tribunal de Nueva Jersey: EE. UU. contra Apple (GovInfo, PDF) — Consultada: 2026-10-11.
  28. Tribunal de Distrito de los Estados Unidos para el Distrito de Nueva Jersey. United States v. Apple Inc., memorando del 5 de mayo de 2026 — anuncia que nombrará special masters (auxiliares judiciales) para resolver las disputas sobre intercambio de pruebas en la acción del Gobierno y en los procesos privados relacionados. Tribunal de Nueva Jersey: memorando de mayo de 2026 en EE. UU. contra Apple (GovInfo, PDF) — Consultada: 2026-10-11.
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